La Ley 25-26 abrió el camino para establecer el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una plataforma de acceso interinstitucional que estará bajo la administración y supervisión de la Policía Nacional. La intención es reunir en una sola base de datos la información sobre personas reportadas como desaparecidas para respaldar la búsqueda, la investigación y el seguimiento de los casos, aunque por ahora su entrada en operación no tiene fecha definida.
Diego Pesqueira, vocero de la Policía Nacional, explicó que, al tratarse de una normativa recién promulgada, todavía falta evaluar de qué manera se aplicará. La institución ya cuenta con registros organizados por grupos de edad, pero el nuevo sistema sigue sujeto a ese proceso y al reglamento de aplicación que deberá emitir el Poder Ejecutivo en un plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la ley. La propia legislación no establece un día específico para el inicio del registro.
El diseño legal de la plataforma contempla datos personales, descripción física, circunstancias de la desaparición, información médica relevante, contactos de familiares o denunciantes, fotografías y la actualización permanente del estatus de búsqueda. Además, la ley incluye sanciones para los servidores públicos que obstaculicen la búsqueda de personas desaparecidas, un aspecto que refuerza la dimensión de control y rendición de cuentas en un tema que durante años ha marcado a miles de familias.
