La Ley 30-26 concentra en el Ministerio de Hacienda la facultad de objetar solicitudes de exoneraciones y abre un nuevo punto de vigilancia sobre el manejo de los incentivos fiscales, en un contexto en el que estos beneficios representan una carga significativa para las finanzas públicas.
Con el cambio, desaparece la obligación de emitir una no objeción y Hacienda podrá recomendar al Poder Ejecutivo que detenga solicitudes de incentivos. La medida amplía el margen de decisión del Gobierno sobre un mecanismo que impacta directamente los ingresos del Estado y, por extensión, el costo que terminan asumiendo los contribuyentes.
Aunque la norma fortalece el filtro administrativo sobre las exoneraciones, también plantea la necesidad de mayor transparencia, criterios públicos y seguimiento a los resultados de estas decisiones. El punto no es solo quién autoriza o frena los beneficios, sino bajo qué reglas, con qué justificación y con qué efecto real sobre la recaudación y el uso de los recursos públicos.
El tema adquiere relevancia porque los incentivos fiscales, según el contexto de la pieza, le cuestan al Estado cientos de miles de millones de pesos al año. En ese escenario, cualquier modificación al sistema debe evaluarse no como un trámite interno, sino como una decisión con impacto directo en el bolsillo ciudadano, la equidad tributaria y la capacidad del Gobierno para sostener sus finanzas sin trasladar más presión a la población.
La concentración de esta facultad en Hacienda, por tanto, no cierra el debate: lo reubica. A partir de ahora, la atención pública deberá centrarse en cómo se aplicará la nueva potestad, qué expedientes se objetarán, con qué fundamentos y si el Ejecutivo hará públicos los resultados de una política que afecta ingresos, privilegios y competencia económica.
